¿Sabías que las órdenes de arresto pendientes son más comunes de lo que imaginamos? Y si vives en Nueva York, es importante que conozcas cómo verificar si tienes una. En este artículo, te mostraremos paso a paso cómo puedes verificar una orden de arresto pendiente en Nueva York. Conoce tus derechos y mantente informado para evitar sorpresas desagradables. ¡Sigue leyendo!
En el estado de Nueva York, una persona puede obtener información sobre una orden de arresto comunicándose con la línea directa de información del tribunal penal donde se emitió la orden de arresto o con la agencia policial que supervisó el arresto. Si una persona se presenta personalmente para una revisión de una orden de registro, debe traer una identificación válida.
Las agencias de aplicación de la ley generalmente están abiertas de lunes a viernes entre las 9 a. m. y las 5 p. m. Si un departamento de policía o la oficina del sheriff tiene una orden de arresto para una persona, esa persona puede presentarse en la comisaría de policía local.
Las garantías no caducan
Las órdenes de aprehensión y las órdenes de aprehensión no tienen fecha de vencimiento. Una orden es una orden emitida por un juez durante un procedimiento judicial, generalmente por falta de comparecencia de una de las partes a una citación o por no pagar una multa. El tribunal sólo emitirá una orden si el acusado comparece ante un juez en el tribunal que emitió la orden de arresto o si el acusado fallece.
Para liberar o anular una orden judicial ante un juez, el acusado debe comunicarse con la oficina del secretario central del condado donde se escucha su caso. El imputado deberá proporcionar su nombre completo y fecha de nacimiento o la fecha de su arresto o el número de expediente de su caso.
La mayoría de los registros de órdenes activos no están en línea
Un individuo no puede realizar una búsqueda de orden judicial en Nueva York en línea. Las órdenes de arresto no son registros públicos en el sentido de que una persona pueda buscarlas por nombre y fecha de nacimiento. La excepción es que algunas agencias policiales tienen sitios web donde publican una lista de órdenes judiciales destacadas.
Las personas enumeradas en estas páginas tienen órdenes pendientes. El Sistema Judicial Unificado del Estado de Nueva York tiene una herramienta de búsqueda llamado WebCrims. Este sistema no muestra órdenes de arresto ni órdenes de arresto.
Revocación de una orden de arresto en Nueva York
Un acusado puede solicitar la revocación voluntaria de una orden de arresto presentando una petición Solicitud de anulación de la orden del tribunal de distrito (Formulario DC-320-A). Este formulario es específico del condado en el que se acusó al acusado, por lo que hay un enlace diferente a la solicitud para cada condado de Nueva York.
El demandado debe presentar la solicitud completa en el mostrador de información pública en la oficina del secretario. Puede haber un requisito de tiempo, como una fecha límite antes de las 11:00 a. m. en un día hábil normal. El tribunal suele publicar una lista, el “calendario de liberación de órdenes de liberación”, en la sala de espera del tribunal.
Para cancelar la orden, el demandado deberá comparecer en la sala indicada. Si la orden de detención fuera por multa, la demanda podrá preguntar si el acusado puede pagar la multa y cuál es su importe.
Órdenes de arresto por violaciones de ordenanzas municipales
Si la orden implica una violación de una ordenanza de la ciudad, el acusado debe acudir al tribunal correspondiente en el tribunal de distrito exterior para que se revoque la orden. Una orden de arresto por una violación de la ordenanza de la ciudad está programada o programada para una audiencia en un tribunal remoto. La orden de detención puede solicitarse ante un tribunal de distrito o ante un tribunal municipal o rural del distrito.
Información sobre fianzas y órdenes de arresto
Una vez que se ha completado un caso judicial y el acusado ha comparecido en todas las fechas de la audiencia, ya no se requiere fianza. Esto elimina la obligación del acusado de pagar la fianza. El monto del depósito será devuelto a la persona que realizó el depósito, menos una tarifa del 3 por ciento.
El proceso suele durar ocho semanas después de que se resuelve el caso. El tesorero del condado es la parte que devuelve el bono. Si el acusado no se presentaba a la fecha del juicio como se ordenó y el tribunal emitía una orden de arresto, se perdería la fianza. Es posible que el acusado pueda recuperar el dinero si el tribunal ordena que la fianza se transfiera o se devuelva a la persona que la entregó al tribunal.
El acusado debe presentar una moción de conformidad con la Ley de Procedimiento Penal de Nueva York (CPL) 540.30 para solicitar una transferencia. El tribunal transferirá el dinero si cree que existe un propósito legítimo para hacerlo.
Requisitos para una orden de arresto
A orden de arresto Debería incluir:
- Nombre del tribunal que emitió la orden de aprehensión.
- Fecha en que se emitió la orden de aprehensión.
- Nombre o título del delito imputado en la orden.
- Nombre del acusado a ser arrestado.
- Agente de policía a quien va dirigida la orden de detención.
- Ordenar que los agentes arresten al acusado y lo lleven ante el tribunal.
Si el nombre del acusado no está disponible, la orden debe contener una descripción que pueda usarse para identificar al acusado con certeza razonable. Un tribunal puede emitir múltiples copias de una orden de arresto a una o más categorías (tipos) de agentes de policía o a uno o más agentes de policía individuales específicos.
Cuando una orden es ejecutable
Entonces una orden de arresto emitido por un tribunal de distrito, por el Tribunal Penal de Nueva York, por la División de Menores de un Tribunal Superior o por un juez de la Corte Suprema que actúe como tribunal penal local, puede ejecutarse en cualquier lugar del estado de Nueva York. El término “ejecutado” aquí significa actuar según la orden y arrestar a la persona nombrada en ella.
Una orden emitida por un tribunal municipal, un tribunal de la ciudad o un tribunal de aldea puede ejecutarse en el condado en el que se emite, en cualquier condado contiguo o en cualquier otro lugar del estado previa confirmación por escrito (autorización con la firma del presidente). juez) un tribunal penal local del distrito en el que se realizará la detención.
Cuando la orden se confirma de esta manera, se considera procedimiento del tribunal confirmante, es decir, el tribunal que autorizó el arresto en el condado, y del tribunal emisor, es decir, el tribunal que originalmente emitió la orden.
Procedimiento posterior a la detención
Después de que un policía lo hiciera arrestó a un acusado, deben llevar inmediatamente al acusado ante el tribunal penal local o la sala de menores del Tribunal Supremo. Si el oficial arresta al acusado por un delito que no sea un delito grave, el oficial debe informarle que tiene derecho a comparecer ante un tribunal penal local del distrito de arresto y solicitar su liberación bajo palabra (ROR) el conjunto de fianza tiene.
Si el acusado no ha pagado la fianza, es decir, no ha pagado la fianza o no ha cumplido las condiciones especificadas, deberá comparecer ante el juez. Esto suele ocurrir cuando un oficial de policía arresta al acusado y lo lleva ante el tribunal para una audiencia de fianza.
Antes de que un acusado comparezca ante el tribunal, el agente de policía debe tomar todas las huellas dactilares necesarias en el caso individual.
Procedimiento para jóvenes infractores
Cuando un oficial arresta a un menor o adolescente delincuente, el oficial debe notificar inmediatamente a los padres u otra persona legalmente responsable del cuidado del menor. Alternativamente, el oficial podrá notificar a la persona con quien reside el menor.
El oficial debe notificar al padre, tutor legal o persona con quien reside el menor que el menor ha sido arrestado y proporcionar la ubicación de la instalación donde se encuentra detenido.
Acceso a asesoramiento jurídico
Para infractores adultos, el oficial de policía debe, a solicitud del acusado, permitirle comunicarse utilizando el número de teléfono proporcionado por las autoridades con un número de teléfono en cualquier lugar de los Estados Unidos o Puerto Rico para obtener asesoramiento legal e informar a un familiar o amigo. que han sido arrestados.
Una excepción es si la llamada pondría en peligro una investigación en curso o el procesamiento del acusado.
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Cómo verificar una orden de arresto pendiente en Nueva York
En el estado de Nueva York, una persona puede obtener información sobre una orden de arresto comunicándose con la línea de información de la corte penal donde se emitió la orden o con la oficina de aplicación de la ley que supervisó el arresto. Si una persona va en persona a verificar una orden, debe llevar consigo una identificación válida.
Las agencias encargadas de hacer cumplir la ley generalmente están abiertas de lunes a viernes de 9 a.m. a 5 p.m. Si un departamento de policía o una oficina del alguacil encuentra una orden de arresto en contra de una persona, esa persona puede entregarse en su estación de policía local.
Las órdenes de arresto no caducan
Las órdenes de arresto y las órdenes de comparecencia no tienen fechas de vencimiento. Una orden de comparecencia es una orden que un juez emite durante un proceso judicial, generalmente por la falta de comparecencia de una de las partes cuando es citada o por no pagar una multa. La corte solo eliminará una orden si el acusado se presenta ante un juez en la corte que emitió la orden o si el acusado fallece.
Para eliminar o anular una orden con un juez, el acusado debe ir a la oficina del secretario central del condado donde se está llevando a cabo su caso. El acusado debe tener su nombre completo y fecha de nacimiento, o la fecha de arresto o el número de expediente de su caso.
La mayoría de los registros de órdenes activas no se encuentran en línea
Una persona no puede realizar una búsqueda de órdenes en línea en Nueva York. Las órdenes de arresto no son registros públicos en el sentido de que una persona pueda buscarlas utilizando su nombre y fecha de nacimiento. La excepción es que algunas oficinas de aplicación de la ley tienen sitios web en los que publican una lista de órdenes de arresto destacadas. Las personas incluidas en estas páginas tienen órdenes pendientes. El sistema unificado de cortes del estado de Nueva York tiene una herramienta de búsqueda llamada WebCrims. Sin embargo, este sistema no muestra órdenes de arresto o comparecencia.
Cómo anular una orden de arresto en Nueva York
Un acusado puede solicitar anular voluntariamente una orden presentando una Solicitud para Anular una Orden de Corte de Distrito (formulario DC-320-A). Este formulario es específico para el condado en el que el acusado fue acusado, por lo que habrá un enlace diferente para la solicitud de cada condado de Nueva York.
El acusado debe presentar la solicitud completa en la ventanilla de información pública de la oficina del secretario. Puede haber un requisito de tiempo, como un plazo antes de las 11:00 a.m. en un día hábil regular. La corte generalmente publica una lista, el “calendario de anulación de órdenes”, en la sala de espera de la corte. El acusado debe presentarse en la sala del tribunal indicada en la lista para anular la orden. Si la orden era por una multa, la solicitud puede preguntar si el acusado puede pagar la multa y la cantidad de la multa.
Órdenes por violaciones de ordenanzas municipales
Si la orden es por una violación de una ordenanza municipal, el acusado debe ir al tribunal en el distrito adecuado correspondiente para anular la orden. Una orden por violación de una ordenanza municipal será agendada o programada para ser escuchada en un tribunal local externo. La orden puede ser programada para un tribunal del condado o para un tribunal o juzgado de una ciudad o pueblo en el condado.
Fianza e información sobre órdenes
Una vez que se resuelve un caso judicial y el acusado ha comparecido en todas las audiencias judiciales, la fianza es exonerada. Esto significa que la obligación del acusado de pagar la fianza ya no existe. El monto de la fianza se devolverá a la persona que la depositó, menos una tarifa del 3 por ciento. El proceso generalmente demora ocho semanas después de que se resuelve el caso. El tesorero del condado es la parte encargada de devolver el dinero de la fianza.
Si el acusado no compareció en la fecha señalada por el tribunal y el tribunal emitió una orden, la fianza fue confiscada. El acusado puede recuperar el dinero si el tribunal ordena la remisión de la fianza, es decir, que sea devuelta a la persona que la entregó al tribunal. Para solicitar una remisión, el acusado debe presentar una moción de Ley de Procedimiento Penal de Nueva York (CPL) 540.30. El tribunal remitirá el dinero si considera que existe un motivo válido para hacerlo.
Requisitos para una orden de arresto
Una orden de arresto debe contener:
- Nombre de la corte que emitió la orden.
- Fecha en que se emitió la orden.
- Nombre o título del delito imputado en la orden.
- Nombre del acusado que será arrestado.
- Oficiales de policía a los que se dirige la orden.
- Instrucción de que los oficiales arresten al acusado y lo lleven ante la corte.
Si el nombre del acusado no está disponible, la orden debe proporcionar una descripción para que el acusado pueda ser identificado de manera razonable. Una corte puede emitir múltiples copias de una orden, para una o varias clasificaciones de oficiales de policía o para uno o más oficiales de policía individuales designados.
Dónde se puede ejecutar una orden de arresto
Una orden de arresto emitida por un tribunal de distrito, por el tribunal penal de la ciudad de Nueva York, por la sección juvenil de un tribunal superior o por un juez de un tribunal superior que actúa como tribunal criminal local se puede ejecutar en cualquier lugar del estado de Nueva York. Aquí, el término “ejecutar” significa actuar según la orden y arrestar a la persona mencionada en ella.
Una orden de arresto emitida por un tribunal de la ciudad, un tribunal municipal o un tribunal de un pueblo se puede ejecutar en el condado en el que se emitió, en cualquier condado adyacente o en cualquier otro lugar del estado, previa autorización por escrito (endoso con la firma del juez presidente) de un tribunal penal local del condado donde se realizará el arresto.
Una vez que la orden es endosada de esta manera, se considera el proceso del tribunal que la endosó, el tribunal que autorizó el arresto dentro del condado y el tribunal que emitió originalmente la orden.
Procedimiento después del arresto
Después de que un oficial de aplicación de la ley haya arrestado a un acusado, debe llevarlo sin demora ante el tribunal penal local o la sección juvenil del Tribunal Superior. Si el oficial arresta al acusado por un delito que no es un delito grave, debe informar al acusado que tiene derecho a comparecer ante un tribunal penal local del condado de arresto para solicitar ser liberado bajo su propia responsabilidad (ROR) o para que se fije una fianza.
Si el acusado incumple la fianza, es decir, si no ha pagado su fianza o no ha cumplido con las condiciones de la misma, debe comparecer ante el juez. Esto generalmente ocurre cuando un oficial de aplicación de la ley arresta al acusado y lo lleva al tribunal para una audiencia de fianza.
Antes de llevar al acusado al tribunal, el oficial de policía debe realizar todas las tomas de huellas dactilares requeridas en el caso específico.
Procedimiento para infractores juveniles
Si un oficial arresta a un menor de edad o un infractor adolescente, debe notificar de inmediato a su padre o a la persona legalmente responsable del cuidado del menor. Alternativamente, el oficial puede notificar a la persona con quien el menor está domiciliado.
El oficial debe informar al padre, tutor legal o persona con quien el menor está domiciliado que el infractor juvenil ha sido arrestado y la ubicación de la instalación donde se detuvo al menor.
Acceso a asesoría legal
Para los infractores adultos, el oficial de policía debe permitir, a solicitud del acusado, que el acusado se comunique por teléfono provisto por la instalación de aplicación de la ley a un número de teléfono ubicado en cualquier lugar de los Estados Unidos o Puerto Rico con el fin de obtener asesoramiento legal e informar a un familiar o amigo que ha sido arrestado.
La excepción es si la llamada comprometerá una investigación en curso o la persecución del acusado.
Referencias:
- New York City: Arrest Warrant
- 10th Jurisdiction Suffolk County District Court: Preguntas frecuentes del tribunal penal
- NYCourts.gov: Tribunal Penal de la Ciudad de Nueva York, Preguntas frecuentes
- Oficina del Sheriff del Condado de Erie: Órdenes de arresto
- NYCourts.gov: Conceptos básicos de los registros penales
- Tribunal de Distrito del Condado de Suffolk: Solicitud para anular una orden de corte de distrito
- Senado del Estado de Nueva York: Procedimiento Penal, Sección 120.10 Orden de arresto; Definición, función, forma y contenido
- Senado del Estado de Nueva York: Procedimiento Penal, Sección 120.70 Orden de arresto; dónde se puede ejecutar
- Senado del Estado de Nueva York: Procedimiento Penal, Sección 120.90 Orden de arresto; procedimiento después del arresto
Recursos:
Consejos:
Generalmente, es mejor obtener esta información del departamento de policía, ya que es gratuita y es más probable que sea precisa. El departamento de policía también brindará información sobre cómo eliminar una orden pendiente.
Advertencias:
Las órdenes pueden resultar de cualquier cosa, ya sea una multa de tráfico impaga, una citación ignorada o una licencia de conducir inesperadamente suspendida. La falta de conocimiento previo de una orden no lo protegerá de un arresto.