Requisitos de baño de la ADA de California

¿Sabes cuáles son los requisitos de baño establecidos por la ADA de California? Si estás construyendo, remodelando o simplemente buscando requisitos de accesibilidad en los baños, este artículo es para ti. La Legislación para Personas con Discapacidades de California establece una serie de normas que deben seguirse para garantizar que todos tengan acceso igualitario a los baños públicos. En este artículo, te guiaremos a través de los requisitos clave de baño de la ADA de California, brindándote información útil y práctica para asegurarte de que tu proyecto cumpla con todas las regulaciones en materia de accesibilidad. Descubre cómo crear un espacio accesible para todas las personas y evita multas y problemas legales innecesarios. ¡Sigue leyendo y descubre todo lo que necesitas saber sobre los requisitos de baño de la ADA de California!

Requisitos de baño de la ADA de California
••• cezars/iStock/GettyImages

Durante muchos años, las personas con discapacidad tuvieron que desplazarse como podían, sin ninguna protección nacional. Sin embargo, esto cambió en 1990 cuando entró en vigor la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Protege el derecho de las personas discapacitadas a la igualdad de acceso a las instalaciones públicas, incluidos los baños.

Cada estado implementa la ADA con códigos de construcción. Los códigos de construcción de California, combinados con los códigos federales, proporcionan un marco muy detallado para los requisitos de acceso al baño.

Acta de Americanos con Discapacidades

El Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) Es principalmente una ley de derechos civiles. Aprobada en 1990, prohíbe muchas formas de discriminación contra las personas con discapacidad. Las áreas protegidas incluyen lugares de trabajo, educación, transporte y cualquier lugar abierto al público, tanto público como privado.

La ley tiene como objetivo garantizar que las personas con discapacidad disfruten de los mismos derechos y oportunidades que las personas sin discapacidad. Proporciona protecciones de derechos civiles sustancialmente equivalentes a las otorgadas a las personas por motivos de raza, color, sexo, origen nacional, edad y religión.

¿Qué discapacidades son elegibles para protección según la ADA? La legislación se refiere a “deterioro significativo” para definir a quienes están protegidos por la ley. Una persona debe tener un impedimento físico o mental que limite significativamente una actividad importante de la vida, como oír, ver, hablar, caminar, trabajar o cuidar de sí mismo.

Derecho de acceso a instalaciones públicas

Una de las protecciones importantes bajo la ADA es el derecho de acceso a instalaciones públicas. Debido a que los baños son una parte importante de cualquier instalación pública, las normas de accesibilidad a los baños son una parte importante de las normas de la ADA.

Protección ADA por el Estado de California

La ADA federal no prohíbe a los estados promulgar sus propias leyes de protección de la discapacidad. Más bien, al igual que con el salario mínimo, la ley federal establece un estándar mínimo nacional para la protección de la discapacidad. Permite a los estados brindar aún más protección, pero no menos.

California es uno de los estados que ofrece mayor protección legal para las personas con discapacidades. La Ley de Derechos Civiles del Estado de Unruh garantiza privilegios y servicios plenos e iguales “en todas las operaciones comerciales de cualquier tipo”. Asimismo, la Ley de Personas Discapacitadas de California garantiza que las personas con discapacidades o condiciones médicas tengan el mismo derecho al uso gratuito y sin restricciones de los espacios públicos.

Esto se logra en gran medida mediante normas de construcción estatales. El Departamento del Arquitecto del Estado (DSA) emite normas de construcción relativas a la accesibilidad para personas con discapacidades. Las disposiciones del código de construcción se aplican a edificios e instalaciones gubernamentales (estatales y federales), alojamientos públicos privados e instalaciones comerciales y viviendas públicas. Están diseñados para proporcionar un código único que cumpla con los estrictos requisitos del Código de Normas de Construcción de California, la Ley Federal de Enmiendas de Vivienda Justa de 1991 y las Pautas de Accesibilidad de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.

Cumplimiento de la ADA para instalaciones y edificios

El cumplimiento de la accesibilidad de la ADA se aplica a todos los edificios públicos, así como a cualquier instalación privada que posea, opere, arriende o alquile un “lugar de alojamiento público”. Esto incluye la mayoría de los establecimientos que reciben público, como restaurantes, cafés, teatros, consultorios médicos, tiendas minoristas, museos, parques, bibliotecas y escuelas públicas y privadas.

Algunas instalaciones privadas están exentas de los requisitos de acceso de la ADA. Estos incluyen clubes privados y organizaciones religiosas. Todos los edificios de nueva construcción que sean alojamientos públicos deben cumplir con las regulaciones. Para las estructuras existentes, se deben eliminar las barreras de acceso si son “fácilmente accesibles”. Esto significa que si este objetivo puede lograrse fácilmente sin demasiadas dificultades ni gastos, se deben eliminar los obstáculos.

Si se modifica un edificio existente, los cambios deben promover la accesibilidad tanto como sea posible. Por ejemplo, si se reubica una puerta, la nueva puerta debe diseñarse para que sea lo suficientemente ancha como para cumplir con los estándares actuales de construcción sin barreras. Si se reforma una zona central, como por ejemplo el vestíbulo de un banco, la construcción también debe permitir un acceso sin barreras a la zona reformada.

Requisitos de la ADA para rutas de viaje accesibles

Para que los baños sean accesibles para las personas con discapacidades en California, primero es necesario que el El edificio en sí debe ser accesible.. La ley del estado de California exige que los propietarios proporcionen una ruta accesible que cumpla con la ADA desde el derecho de paso público hasta la entrada del edificio. Un edificio que cumpla con las normas también debe tener espacios de estacionamiento accesibles. En la medida de lo posible, la vía de acceso para personas discapacitadas debería ser idéntica a la vía de acceso para el público en general.

Normas de accesibilidad para instalaciones sanitarias.

Cuando se trata de instalaciones sanitarias realesLas normas garantizan que la puerta sea accesible para sillas de ruedas. En general, las puertas accesibles deben tener al menos 36 pulgadas de ancho y tener herrajes de palanca. Los baños deben tener suficiente espacio en el piso para permitir el acceso de sillas de ruedas con un camino despejado de movimiento, generalmente de al menos 30 pulgadas de ancho y 48 pulgadas de profundidad.

El inodoro también debe tener un espacio despejado en el piso (un círculo de 5 pies de diámetro) que permita girar una silla de ruedas. El Códigos de construcción de California No permita que la puerta de un baño accesible se abra hacia esta área de giro. Según estas regulaciones, los puestos accesibles deben tener al menos 60 pulgadas de ancho y permitir un radio de giro de 60 pulgadas dentro del puesto.

Estándares de la ADA para el diseño accesible de instalaciones sanitarias

Según la ADA, cada baño público debe tener al menos un inodoro y un lavabo accesibles. Los baños de hombres deben tener al menos un urinario accesible. Para ser “accesibles”, los accesorios deben cumplir con los requisitos de altura. Por ejemplo, un lavabo accesible no debe estar a más de 86 cm del suelo y debe tener espacio para las rodillas en la parte inferior. Los asientos de los baños accesibles deben estar entre 17 y 19 pulgadas sobre el piso.

Los códigos de construcción de California también exigen barras de apoyo o pasamanos cerca y detrás de las áreas de baños accesibles. Estos deben instalarse a 33 pulgadas del suelo según las regulaciones de California. La ADA permite una colocación ligeramente más alta.

Tanto la ADA como la ley de California exigen que los baños accesibles proporcionen accesorios de baño accesibles, como dispensadores de jabón, dispensadores de toallas de papel y contenedores de basura. Los dispensadores de papel higiénico también deben colocarse al alcance, generalmente a no más de 40 pulgadas del piso. Ninguno de estos accesorios debe colocarse donde pueda obstruir el camino accesible.

Error 403 The request cannot be completed because you have exceeded your quota. : quotaExceeded

Requisitos de baño de la ADA de California: Todo lo que necesitas saber

Durante muchos años, las personas discapacitadas se vieron obligadas a valerse por sí mismas, sin ninguna protección nacional. Sin embargo, eso cambió en 1990 cuando se promulgó la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés). Esta ley protege los derechos de los discapacitados para acceder de manera equitativa a instalaciones públicas, incluidos los baños.

Cada estado implementa la ADA con regulaciones del código de construcción. Los requisitos del código de construcción de California, combinados con las reglas federales, establecen un marco muy detallado de los requisitos de acceso al baño.

Ley de Estadounidenses con Discapacidades

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) es ante todo una ley de derechos civiles. Aprobada en 1990, prohíbe muchos tipos de discriminación contra personas con discapacidades. Las áreas protegidas incluyen el empleo, la educación, el transporte y todos los lugares que están abiertos al público en general, tanto públicos como privados.

El objetivo de esta ley es garantizar que las personas con discapacidades disfruten de los mismos derechos y oportunidades que las personas sin discapacidades. Concede protecciones de derechos civiles sustancialmente equivalentes a las proporcionadas a individuos en base a raza, color, sexo, origen nacional, edad y religión.

¿Qué discapacidades califican para la protección bajo la ADA? La legislación habla en términos de “deterioro sustancial” para definir a los protegidos por la ley. Una persona debe tener un deterioro físico o mental que limite sustancialmente una actividad vital importante como escuchar, ver, hablar, caminar, trabajar o cuidarse a sí misma.

Derecho de acceso a instalaciones públicas

Una de las protecciones importantes bajo la ADA es el derecho de acceso a instalaciones públicas. Dado que los baños son una parte importante de cualquier instalación pública, las regulaciones que rigen la accesibilidad de los baños son una parte importante de las regulaciones de la ADA.

Protección de la ADA en el estado de California

La ADA federal no prohíbe que los estados tengan sus propias leyes de protección de discapacidades. Como sucede con el salario mínimo, la ley federal establece un estándar mínimo nacional para la protección de las discapacidades. Permite a los estados ofrecer una protección aún mayor, pero no menor.

California es uno de los estados que ofrece la mayor cantidad de protecciones legales a las personas con discapacidades. La Ley de Derechos Civiles de Unruh del estado garantiza privilegios y servicios completos e iguales “en todos los establecimientos comerciales de cualquier tipo que sean”.

De manera similar, la Ley de Personas Discapacitadas de California garantiza que las personas con discapacidades o condiciones médicas tengan igualdad de derechos para el uso libre y total de los lugares públicos.

Esto se logra en gran parte a través de los códigos de construcción del estado. La División del Arquitecto del Estado (DSA) promulga disposiciones del código de construcción para abordar la accesibilidad para personas con discapacidades. Las disposiciones del código de construcción se aplican a edificios e instalaciones gubernamentales (estatales y federales), instalaciones comerciales y de alojamiento público de propiedad privada, y viviendas públicas. Se desarrollaron para proporcionar un solo código que cumpla con los rigurosos requisitos del Código de Normas de Construcción de California, la Ley de Enmiendas de Vivienda Justa de 1991 y las Pautas de Accesibilidad de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.

Cumplimiento de la ADA para instalaciones y edificios

El cumplimiento del acceso de la ADA se aplica a todos los edificios públicos, además de cualquier entidad privada que sea propietaria, opere, arriende o alquile un “lugar de alojamiento público”. Esto incluye la mayoría de las entidades que reciben al público, como restaurantes, cafeterías, cines, consultorios médicos, establecimientos minoristas, museos, parques, bibliotecas y escuelas públicas y privadas.

Algunas instalaciones privadas están exentas de las disposiciones de acceso de la ADA. Estas incluyen clubes de membrecía privada y organizaciones religiosas. Todos los edificios recién construidos que son lugares de alojamiento público deben seguir los códigos. Para estructuras existentes, las barreras de acceso deben ser eliminadas cuando sea “razonablemente posible” hacerlo. Esto significa que las barreras deben eliminarse cuando ese objetivo pueda lograrse fácilmente sin demasiada dificultad o gasto.

Cuando se altera un edificio existente, los cambios deben fomentar la accesibilidad tanto como sea posible. Si, por ejemplo, una puerta se reubica, la nueva puerta debe estar diseñada para ser lo suficientemente ancha como para cumplir con el estándar actual de construcción de accesibilidad. Si se realiza una alteración en un área central, como en el vestíbulo de un banco, la construcción también debe incluir un camino de acceso accesible a la zona alterada.

Requisitos de la ADA para senderos de acceso accesibles

Para hacer que los baños sean accesibles para personas discapacitadas en California, primero el edificio mismo debe ser accesible. Según la ley estatal de California, los propietarios de propiedades deben proporcionar una ruta de acceso accesible conforme a la ADA desde el camino público hasta la entrada del edificio. Un edificio que cumpla con la normativa debe tener áreas de estacionamiento accesibles también. En la medida de lo posible, la ruta de acceso para personas con discapacidades debe ser la misma que la ruta para el público en general.

Estándares de accesibilidad para las instalaciones del baño

Cuando se trata de las instalaciones reales del baño, las regulaciones aseguran que la puerta sea accesible para sillas de ruedas. Por lo general, las puertas accesibles deben tener al menos 36 pulgadas de ancho y contar con herrajes tipo palanca. Los baños deben tener un área de piso suficiente para permitir el acceso en silla de ruedas con un camino de acceso claro, generalmente de al menos 30 pulgadas de ancho y 48 pulgadas de profundidad.

El baño también debe tener un espacio claro en el piso, un círculo con un diámetro de 5 pies, que permita a una silla de ruedas girar. Los códigos de construcción de California no permiten que la puerta de un baño accesible se abra a este espacio. Según estos códigos, los cubículos accesibles deben tener al menos 60 pulgadas de ancho y permitir un radio de giro de 60 pulgadas dentro del cubículo.

Normas de la ADA para el diseño accesible de accesorios de baño

Según la ADA, todos los baños públicos deben tener al menos un inodoro y un lavabo accesibles. Los baños para hombres deben incluir al menos un urinario accesible. Para ser “accesibles”, los accesorios deben cumplir con los requisitos de altura. Por ejemplo, un lavabo accesible no puede estar a más de 34 pulgadas del suelo y debe tener un espacio para las rodillas debajo. Los asientos de los inodoros accesibles deben estar entre 17 y 19 pulgadas por encima del suelo.

Los códigos de construcción de California también exigen barras de apoyo o pasamanos al lado y detrás de las áreas de los inodoros accesibles. Estas deben colocarse a 33 pulgadas del suelo según las reglas de California. La ADA permite una ubicación ligeramente más alta.

Tanto la ADA como la ley de California requieren que los baños accesibles proporcionen accesorios de baño accesibles, como dispensadores de jabón, dispensadores de toallas de papel y recipientes de basura. Los dispensadores de papel higiénico también deben ubicarse dentro del alcance accesible, generalmente a no más de 40 pulgadas del suelo. Ninguno de estos accesorios puede colocarse donde obstaculicen el camino de acceso accesible.

¡Es esencial cumplir con los requisitos de baño de la ADA de California para garantizar la accesibilidad y los derechos igualitarios para todas las personas, sin importar su habilidad o discapacidad!

Referencias:

  1. ADATA: Información general de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades
  2. ADA.gov: Materiales de referencia de cumplimiento de acceso
  3. Access Board: Normas de accesibilidad de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades
  4. Building in California: Hoja de consejos de la ADA

Acerca del autor

Teo Spengler obtuvo su JD de la Facultad de Derecho de la UC Berkeley. Como Asistente del Fiscal General en Juneau, litigó ante la Corte Suprema de Alaska y la Corte Suprema de los Estados Unidos antes de abrir un bufete de abogados de lesiones personales en San Francisco. Tiene una maestría y una Maestría en Bellas Artes en inglés/escritura, y disfruta escribir blogs y artículos legales. Su trabajo ha aparecido en numerosas publicaciones en línea, incluyendo USA Today, Legal Zoom, eHow Business, Livestrong, SF Gate, Go Banking Rates, Arizona Central, Houston Chronicle, Navy Federal Credit Union, Pearson, Quicken.com, TurboTax.com y numerosos sitios web de abogados. Spengler divide su tiempo entre el País Vasco Francés y el norte de California.

Deja un comentario